El futuro cambiante de los Arquitectos.
El actual panorama de nuestra profesión está sufriendo modificaciones a pasos de gigante. Hoy por hoy la profesión necesita de un apoyo técnico muy superior del que antiguamente era necesario, y es que las exigencias Normativas de los diferentes Organismos, hace que el Proyecto de Edificación se haya convertido en un complejo proceso.
El Código Técnico de la Edificación ha modificado la forma de entender y realizar el proyecto, y de forma inconsciente hace que la concepción de la profesión de Arquitecto haya perdido protagonismo, apostando por un documento justificativo del Edificio en excesivamente complejo para ser realizado por el tradicional equipo de trabajo a modo de “taller”.
Imagen del Arquitecto responsable de la Dirección de las Obras.
Es por eso que hoy, el Estudio de Arquitectura debe tender a ser un Estudio Técnico Multidisciplinar, formado por una estructura en la que los Arquitectos e Ingenieros conviven y colaboran para realizar el trabajo de forma conjunta y cada uno especializado en su materia correspondiente. Esta forma de trabajar es la que llevamos en empresas como la nuestra Osborne, Técnicos-Consultores, S.A. que lleva más de 1.000 proyectos visados, y otras enormes empresas a lo largo del territorio nacional.
Esta estructura la soporta un tipo de Societario (S.A. ó S.L.) que el Gobierno ahora modifica. Todas las grandes firmas de Arquitectura e Ingeniería en las que visen sus proyectos ambas profesiones, además de Promotoras Inmobiliarias o Constructoras que tengan en plantilla y firmen profesionales como Arquitectos o Ingenieros se han de ver modificadas y convertidas en Sociedades Profesionales, en las que se establece una vía legal de convivencia de las profesiones, salvaguardando los Colegios Profesionales, las competencias para la profesión marcadas en el art. 2 de la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E.).
Estas sociedades Profesionales modifican la concepción de las Empresas (en las que el 75% de las acciones ha de ser propiedad de profesionales), y además inciden directamente en la Responsabilidad de los Técnicos, de forma que ante cualquier percance o desgracia, la responsabilidad Civil es solidaria, en primer término hasta donde llega el Seguro de R.C. de la Sociedad y en segundo término, va directamente al patrimonio personal de los técnicos.
Pero, se abren nuevos interrogantes a situaciones actuales que están tomando caminos bastante conflictivos, ¿Qué sucede con aquellos profesionales que están firmando sus proyectos y remunerados en una empresa Constructora o Promotora en la que no forma parte del accionariado? Pues que es responsable el firmante en exclusiva del Proyecto y no la Sociedad en las condiciones antes expuestas, circunstancia en la que antes la Sociedad cubría al Técnico.
Todas las sociedades multidisciplinares están tomando cartas en el asunto y será a partir del 16 de Diciembre, fecha tope para adaptarse a la Nueva Ley, cuando veamos las consecuencias de la misma.




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